La Ley 4/2023 y el RD 1026/2024 establecen que:
Están obligadas a negociar, aprobar e implantar un Protocolo LGTBI en un plazo máximo de 12 meses desde la entrada en vigor de la norma.
Podrán negociarlo con sindicatos y, en caso de no obtener respuesta, implementarlo de forma unilateral.
No tienen obligación legal, pero pueden adoptarlo de forma voluntaria, reforzando así su compromiso con la diversidad, la igualdad y la reputación corporativa.
Este marco legal busca garantizar un entorno laboral inclusivo y seguro, alineado con los principios de igualdad y no discriminación.
Este marco legal busca garantizar un entorno laboral inclusivo y seguro, alineado con los principios de igualdad y no discriminación.
No disponer de un Protocolo LGTBI cuando es obligatorio puede conllevar:
Multas económicas según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Pérdida de ayudas públicas, bonificaciones o acceso a licitaciones.
Litigios laborales y sindicales que afectan al clima interno.
Riesgo reputacional, con impacto negativo en la marca empleadora y la relación con clientes o inversores.
El protocolo debe incluir una estructura clara y práctica, adaptada a la realidad de cada empresa. Entre sus elementos principales:
Tolerancia cero ante la discriminación y el acoso.
Incluye plantilla, candidaturas, personal externo, proveedores, clientes y visitas.
Agilidad, confidencialidad, protección de la víctima, prohibición de represalias y restitución.
Canales de denuncia, plazos de respuesta, investigación y resolución.
Campañas de sensibilización, formación específica al comité o persona responsable y difusión a toda la plantilla.
Garantías de protección inmediata y sanciones proporcionales a la gravedad de los hechos.
Adaptación periódica conforme a normativa y jurisprudencia.
En Equality Momentum elaboramos protocolos LGTBI que cumplen con el RD 1026/2024 y la normativa internacional, diseñados para ser prácticos y aplicables. Nos encargamos de la redacción y actualización de protocolos, adaptándolos a los últimos cambios legales y sentencias.
Ofrecemos formación para el Comité Antiacoso y sesiones de sensibilización a la plantilla, fomentando un entorno inclusivo y libre de discriminación. Además, asesoramos en la difusión e implantación del protocolo, con campañas internas y materiales de comunicación inclusiva, y facilitamos una guía de seguimiento para asegurar su correcta aplicación en el tiempo.
Nuestro compromiso es que tu empresa no solo cumpla con la ley, sino que también refuerce su cultura de diversidad, inclusión y respeto.
El Protocolo LGTBI es un documento oficial que establece medidas preventivas y procedimientos de actuación frente a situaciones de acoso, discriminación o violencia hacia personas LGTBI en el entorno laboral. Su finalidad es garantizar un espacio inclusivo, seguro y respetuoso para toda la plantilla.
Según la Ley 4/2023 y el RD 1026/2024, todas las empresas con más de 50 personas trabajadoras deben negociar e implantar un Protocolo LGTBI de prevención y actuación. Las empresas con menos de 50 empleados no están obligadas, aunque pueden aplicarlo voluntariamente para reforzar su compromiso con la diversidad.
El protocolo debe contener al menos:
Debe ser negociado con la representación legal de los trabajadores (RLT) o mediante convenio colectivo. Si no existe RLT, la empresa debe convocar a sindicatos; si no hay respuesta, puede aprobarlo de forma unilateral, siempre ajustándose al RD 1026/2024.
La falta de protocolo puede suponer infracciones laborales muy graves, sanciones económicas, pérdida de ayudas o contratos públicos y un daño a la reputación de la empresa. Además, aumenta el riesgo de conflictos internos y litigios por discriminación.
En Equality Momentum diseñamos y actualizamos protocolos LGTBI conforme a la normativa vigente, ofrecemos formación y sensibilización a la plantilla, y asesoramos en la implantación y difusión interna. Así, garantizamos que tu empresa cumpla con la ley y refuerce su cultura de inclusión y respeto.