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Planes de Igualdad en la Administración Pública: Normativa, Obligaciones y Cómo Implantarlos

Asesoramos a entidades públicas en todo el proceso de su Plan de Igualdad: desde la constitución de la Comisión Negociadora hasta la inscripción en el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas y sus protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo. En Equality Momentum trabajamos además con metodologías participativas de vanguardia que garantizan el éxito tanto en la redacción como, sobre todo, en la implantación del plan.

¿Qué es un Plan de Igualdad en la Administración Pública?

Un Plan de Igualdad en la Administración Pública es un conjunto de medidas destinadas a garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo público, eliminando cualquier tipo de discriminación. No se trata solo de cumplir con un requisito legal: es una herramienta estratégica que refuerza la calidad institucional, la transparencia y la gestión de los Recursos Humanos en todos los niveles de la Administración.

En Equality Momentum acompañamos a Ayuntamientos en el diseño de Políticas Públicas que garanticen asistencia integral y coordinada a víctimas de violencia de género. Llevamos más de 10 años impulsando estrategias locales que pasan de las “buenas prácticas aisladas” a políticas transformadoras.

Marco normativo aplicable

La obligación de implantar estos planes está respaldada por un sólido marco legal:

Constitución Española: artículo 14 (derecho a la igualdad) y artículo 9.2 (obligación de los poderes públicos de garantizar su efectividad).
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Real Decreto Legislativo 5/2015 (Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público), que en su disposición adicional séptima establece la obligatoriedad de los Planes de Igualdad en todas las administraciones, con independencia del número de empleados.
Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado, que introduce la obligación de aprobar un plan de igualdad al inicio de cada legislatura.
Resolución de 16 de marzo de 2023, y su modificación del 13 de julio de 2023, que crean el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas y sus protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo.

¿Qué Administraciones Públicas están obligadas a tener un Plan de Igualdad?

A diferencia del sector privado, donde la obligación depende del número de trabajadores, en el ámbito público todas las Administraciones y organismos dependientes deben contar con un Plan de Igualdad, sin excepciones. Esto incluye a:

Administración General del Estado (AGE).

Comunidades Autónomas, con sus consejerías, organismos y entes vinculados.

Administraciones Locales, como diputaciones, cabildos, consejos insulares y ayuntamientos.

Organismos autónomos, entes y entidades de titularidad pública, independientemente de su tamaño o número de empleados.

La normativa establece que al inicio de cada legislatura debe aprobarse un nuevo plan, negociado con la representación legal de los empleados públicos y con una vigencia máxima de cuatro años. De esta forma, los planes no son documentos estáticos, sino instrumentos vivos que deben revisarse periódicamente para adaptarse a los cambios sociales, normativos y organizativos.

Beneficios de implantar un Plan de Igualdad en la Administración Pública

Además de dar cumplimiento a la normativa vigente, los Planes de Igualdad en la Administración Pública generan un impacto positivo tanto a nivel organizativo como social. Entre sus principales beneficios destacan:

Refuerzo de la transparencia y la credibilidad institucional

Contar con un plan aprobado, registrado y evaluado de forma periódica transmite un mensaje claro de compromiso con la igualdad real. Esto fortalece la confianza ciudadana en las instituciones, refuerza la rendición de cuentas y mejora la imagen pública de la Administración.

Promoción de un entorno laboral más justo, inclusivo y motivador

La aplicación de medidas en materia de selección, promoción, formación y retribución ayuda a crear espacios de trabajo libres de discriminación y con igualdad de oportunidades, lo que aumenta la motivación, la implicación del personal y la calidad del servicio público.

Mejora en la conciliación laboral y familiar

Los planes incorporan medidas que facilitan la corresponsabilidad entre mujeres y hombres, como la flexibilidad horaria, el teletrabajo o la adaptación de jornadas. Esto permite una mejor conciliación entre vida laboral, personal y familiar, con impacto directo en la satisfacción y el bienestar del personal.

Reducción de la brecha salarial y de género

La auditoría retributiva y el seguimiento del plan permiten identificar desigualdades en la estructura salarial o en las oportunidades de promoción, corrigiendo desequilibrios y avanzando hacia una igualdad efectiva en todos los niveles de la carrera profesional pública.

Alineación con la Agenda 2030 y los ODS (5, 8 y 10)

Los planes de igualdad no son solo una obligación legal, sino también una palanca para cumplir con los compromisos internacionales. Contribuyen al ODS 5 (Igualdad de género), al ODS 8 (Trabajo decente y crecimiento económico) y al ODS 10 (Reducción de las desigualdades), situando a las Administraciones Públicas como referentes de cambio social.

Contenido y fases de un Plan de Igualdad en la Administración Pública

  1. Constitución de la Comisión de Igualdad

    El primer paso es la creación de la Comisión de Igualdad, órgano paritario integrado por representantes de la administración y de la parte social. Su función es coordinar todo el proceso, garantizar la participación y velar por el cumplimiento normativo.
    En Equality Momentum asesoramos en la composición adecuada de la comisión, en la redacción de actas y en la planificación del calendario de trabajo.

  2. Diagnóstico con perspectiva de género

    Se realiza un análisis exhaustivo de la situación de la administración en áreas clave: plantilla, procesos de selección y promoción, formación, retribuciones y medidas de conciliación. Este diagnóstico, cuantitativo y cualitativo, permite identificar brechas y desigualdades, sirviendo de base para definir medidas eficaces.

  3. Definición de objetivos y medidas evaluables

    A partir del diagnóstico se establecen objetivos claros, realistas y medibles, junto a las medidas necesarias para alcanzarlos. Cada medida debe ir acompañada de indicadores de seguimiento, responsables designados y recursos económicos y humanos asignados.

  4. Negociación y aprobación con la parte social

    El plan debe ser objeto de negociación colectiva con la representación legal de los empleados públicos. Tras alcanzar el consenso, se aprueba el documento final que será de aplicación durante toda la legislatura.

  5. Registro oficial

    Una vez aprobado, el Plan debe inscribirse en el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas, junto con los protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo. Este registro es obligatorio para que tenga validez legal.

  6. Implantación de medidas

    Se ponen en marcha las acciones previstas: protocolos frente al acoso, programas de formación en igualdad, comunicación inclusiva, políticas de conciliación y herramientas de valoración y clasificación de puestos.

  7. Seguimiento y evaluación anual

    El Plan de Igualdad debe ser evaluado anualmente mediante informes de seguimiento. Al final de cada legislatura se revisa para adaptarlo a cambios normativos, sociales y organizativos, asegurando que siga siendo una herramienta útil y actualizada.

Registro de Planes de Igualdad en la Administración Pública

Desde 2023 todas las Administraciones deben inscribir en un Registro específico sus Planes de Igualdad (estatal, autonómico y local) y los protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo. Este registro garantiza la transparencia y el acceso público a la información.

En Equality Momentum nos ocupamos de la preparación de la documentación, el envío conforme a los Anexos oficiales y la gestión de actualizaciones durante toda la vigencia del plan.

Consecuencias del incumplimiento

El incumplimiento de esta obligación puede conllevar:

  • Infracciones y sanciones derivadas de los órganos de control interno o externo.
  • Litigios sindicales o administrativos y un importante riesgo reputacional.
  • Pérdida de puntuación en convocatorias públicas, así como de acceso a programas y ayudas vinculados a la igualdad.

¿Cómo te ayudamos desde Equality Momentum?

Con nuestra metodología PIOEM RRHH aplicamos transversalidad y eficacia:

Negociación y Comisión de Igualdad: constitución, actas, calendario.
Diagnóstico y auditoría retributiva adaptados a AAPP.
Redacción del Plan con objetivos, medidas e indicadores.
Registro oficial (documentación y anexos).
Implantación y formación (protocolos de acoso, comunicación no sexista, conciliación).
Seguimiento anual y revisión por legislatura.
Programas integrales para Ayuntamientos en violencia de género y políticas de igualdad con impacto real.

Planes dirigidos a la ciudadanía y políticas públicas

En Equality Momentum vamos más allá del ámbito interno de la Administración. También diseñamos:

Planes de sensibilización ciudadana.
Acciones de corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables.
Estrategias de prevención de la violencia de género en línea con el Pacto de Estado.
Diagnósticos específicos que permiten una inversión eficiente de los recursos públicos, asegurando impacto real en la sociedad.

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y garantiza el cumplimiento normativo con garantías.

Preguntas frecuentes sobre Planes de Igualdad en la Administración Pública

1. ¿Es obligatorio que todas las Administraciones Públicas tengan un Plan de Igualdad?

Sí. A diferencia del sector privado, en la Administración Pública todas las entidades y organismos dependientes están obligados a contar con un Plan de Igualdad, independientemente del número de empleados.

2. ¿Cada cuánto tiempo debe renovarse un Plan de Igualdad en la Administración Pública?

La normativa establece que los Planes de Igualdad en las Administraciones deben aprobarse al inicio de cada legislatura y tener una vigencia máxima de cuatro años, con obligación de revisión y actualización periódica.

3. ¿Qué incluye el contenido mínimo de un Plan de Igualdad en el sector público?

El plan debe incorporar un diagnóstico con perspectiva de género, objetivos y medidas concretas, indicadores de seguimiento, protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo, además de acciones de conciliación y auditoría retributiva.

4. ¿Dónde se registran los Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas?

Desde 2023, los planes y protocolos deben inscribirse en el Registro de Planes de Igualdad de la Función Pública, un registro específico que garantiza transparencia y acceso público a la información.

5. ¿Qué consecuencias tiene no implantar un Plan de Igualdad en la Administración Pública?

El incumplimiento puede generar infracciones y sanciones, pérdida de puntuación en convocatorias públicas, litigios sindicales y un serio riesgo reputacional para la institución.

6. ¿Cómo ayuda Equality Momentum a implantar un Plan de Igualdad en el sector público?

Equality Momentum asesora a las Administraciones desde la constitución de la comisión negociadora hasta el registro oficial, aplicando su metodología PIOEM RRHH para garantizar planes eficaces, participativos y alineados con la normativa.

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