Un Plan de Igualdad es un conjunto de medidas negociadas entre la empresa y la representación de las personas trabajadoras para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando cualquier discriminación por razón de sexo. Su regulación proviene de la Ley Orgánica 3/2007, el Real Decreto 901/2020 (planes y registro) y el Real Decreto 902/2020 (igualdad retributiva). En Equality Momentum lo entendemos no solo como un requisito legal, sino como una herramienta estratégica de gestión de RR. HH. que facilita la toma de decisiones y mejora la cultura organizacional.
El Real Decreto-ley 6/2019 fijó una implantación progresiva en función del tamaño de la plantilla:
Algunos convenios colectivos incorporan la obligación de implantar un Plan de Igualdad, incluso en empresas con menos de 50 personas en plantilla. En estos casos, la obligación surge directamente del convenio de aplicación, que marcará las condiciones y plazos a cumplir.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede imponer la obligación de elaborar un Plan de Igualdad como sustitución de una sanción. Esto suele ocurrir en procedimientos sancionadores en los que se detectan desigualdades, discriminaciones o incumplimientos graves en materia de igualdad.
Las Administraciones Públicas, sin excepción, deben contar con un Plan de Igualdad al inicio de cada legislatura, conforme a lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Asimismo, las empresas y entidades de titularidad pública, están obligadas a elaborar su propio plan, ya sea por mandato legal general o por normativa autonómica específica.
Contar con un Plan de Igualdad debidamente negociado y registrado en REGCON asegura el cumplimiento de la legislación vigente y evita multas que pueden oscilar entre 751 € y 225.018 €, además de posibles limitaciones en inspecciones o procedimientos judiciales.
Las empresas que no cumplen con esta obligación quedan automáticamente excluidas de licitaciones públicas y pueden perder el acceso a ayudas y subvenciones. Implantar el plan garantiza que la organización pueda competir en igualdad de condiciones en el mercado público.
El Ministerio de Igualdad otorga este sello a las compañías que destacan por su compromiso real con la igualdad. Obtenerlo supone un aval de prestigio, mejora la reputación corporativa y refuerza la confianza tanto de clientes como de proveedores.
La puesta en marcha de medidas de conciliación, equidad salarial y prevención del acoso crea un entorno laboral más justo y seguro. Esto se traduce en mayor motivación, menor rotación de personal y un aumento de la productividad.
El Plan de Igualdad refuerza el compromiso de la empresa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 5: Igualdad de género), proyectando una imagen de empresa moderna, inclusiva e innovadora, lo que a su vez la convierte en un empleador más atractivo y competitivo.
El primer paso es formalizar el compromiso de la dirección con la igualdad y constituir la Comisión Negociadora o Comisión de Igualdad, que debe estar formada de manera paritaria y contar con representación de la parte social. Esta comisión será la encargada de negociar, definir y supervisar todas las fases del plan. En Equality Momentum te acompañamos en su constitución y en la elaboración de las actas correspondientes.
Se realiza un análisis exhaustivo de la situación de la empresa desde una perspectiva de género, evaluando procesos de selección, promoción, conciliación, condiciones laborales y brechas salariales. Incluye la auditoría retributiva obligatoria, que permite detectar desigualdades y establecer un punto de partida realista para las medidas posteriores.
Con los resultados del diagnóstico, se definen objetivos claros, medibles y alcanzables. A continuación, se diseñan las medidas concretas, se asignan responsables, se establecen indicadores de seguimiento y se fijan los recursos humanos y materiales necesarios.
El Plan de Igualdad debe presentarse de forma telemática en el Registro de Convenios y Planes de Igualdad (REGCON) en un plazo máximo de 15 días desde su firma. Este trámite es imprescindible para dar validez legal al plan y evitar sanciones.
Una vez aprobado y registrado, comienza la puesta en marcha de las medidas recogidas: protocolos de prevención del acoso, planes de formación en igualdad, políticas de conciliación, campañas de sensibilización, revisión de procesos de selección y otras acciones adaptadas a la realidad de cada empresa.
El Plan tiene una vigencia máxima de 4 años. Durante ese tiempo, la comisión debe realizar evaluaciones periódicas (al menos una intermedia y una final) para verificar la eficacia de las medidas. Si es necesario, se pueden introducir ajustes o mejoras para garantizar que los objetivos se cumplan de forma progresiva.
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