Planes de igualdad

Protocolo de prevención del acoso sexual

Contar con un Protocolo de Prevención del Acoso Sexual y por Razón de Sexo no es solo una obligación legal, sino una herramienta clave para garantizar un entorno laboral seguro, respetuoso e inclusivo. Este documento establece las medidas de prevención, los canales de denuncia y los procedimientos de actuación que toda empresa debe aplicar para evitar y gestionar situaciones de acoso en el trabajo.

¿Qué es el Protocolo de Prevención del Acoso Sexual?

El Protocolo de Prevención del Acoso Sexual y por Razón de Sexo es un documento oficial, obligatorio y vinculante que recoge las medidas preventivas, procedimientos de denuncia y actuaciones necesarias para garantizar un entorno laboral libre de acoso y discriminación.

Su función no es únicamente reactiva, sino sobre todo preventiva: busca evitar situaciones de riesgo mediante la

sensibilización, la formación y la creación de canales de comunicación internos que protejan a las personas trabajadoras.

No basta con redactarlo y archivarlo: debe estar implantado, comunicado y difundido a toda la plantilla, acompañado de formaciones específicas y campañas informativas que refuercen la cultura de tolerancia cero frente al acoso.

En Equality Momentum sabemos lo importante que es contar con un protocolo adaptado a tu organización, que no solo cumpla con la normativa, sino que funcione como una herramienta real de protección y prevención.

¿Qué empresas están obligadas a tener un protocolo
contra el acoso sexual?

La obligación es universal: todas las empresas con personas trabajadoras en plantilla deben contar con un Protocolo de Prevención del Acoso Sexual y por Razón de Sexo, independientemente de su tamaño o sector.

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007 y el Real Decreto 901/2020, las organizaciones están obligadas a:

Prevención del acoso

Adoptar medidas preventivas frente a cualquier forma de acoso sexual o por razón de sexo.

Entorno seguro e inclusivo

Fomentar un entorno laboral seguro e inclusivo, libre de conductas discriminatorias.

Procedimiento con garantías

Establecer un procedimiento específico que permita tramitar denuncias con confidencialidad, imparcialidad y protección a la víctima.

Incluso las empresas con menos de 50 personas trabajadoras, que no están obligadas a elaborar un Plan de Igualdad, deben implantar este protocolo. La Inspección de Trabajo puede requerirlo en cualquier momento, por lo que es fundamental contar con él.

¿Qué debe incluir un Protocolo de Prevención del Acoso Sexual?

Un protocolo bien diseñado y adaptado a la realidad de la empresa debe contener, como mínimo, los siguientes elementos:

Declaración institucional

Tolerancia cero frente al acoso sexual y por razón de sexo.

Definiciones claras

Conductas de acoso actualizadas según legislación y jurisprudencia vigente.

Medidas preventivas

Campañas de sensibilización, formación específica y difusión interna.

Canal de denuncias

Garantiza confidencialidad, protección de datos y ausencia de represalias.

Procedimiento de actuación

Recepción de denuncia, medidas cautelares, investigación, resolución y sanciones.

Código de buenas prácticas

Pautas de comportamiento y convivencia en el entorno laboral.

Comité Antiacoso

Persona o comité de referencia formado y capacitado para gestionar casos.

Seguimiento y revisión

Acciones periódicas para garantizar la eficacia del protocolo.

¿Cómo te ayudamos desde Equality Momentum?

En Equality Momentum simplificamos el proceso y lo adaptamos a las características de tu organización. Te ofrecemos un servicio integral que incluye:

  • Redacción del Protocolo de Prevención y Actuación, conforme a la normativa y a tu convenio colectivo.
  • Asesoramiento en la creación y formación del Comité Antiacoso, con contenidos prácticos y actualizados.
  • Diseño de campañas informativas y de sensibilización, adaptadas a tu plantilla y con materiales claros y visuales.
  • Formación práctica y continua para personal directivo, mandos intermedios y plantilla en general.
  • Soporte en la implantación y seguimiento del protocolo, con revisiones periódicas y propuestas de mejora.

Nuestro objetivo es que tu protocolo no sea un mero trámite administrativo, sino una herramienta viva, preventiva y útil que refuerce la cultura de respeto e igualdad dentro de tu empresa.

Implanta un Protocolo de Prevención del Acoso Sexual sólido, adaptado y eficaz.

Solicita presupuesto a Equality Momentum y protege a tu empresa con garantías legales, preventivas y de transparencia.

Preguntas Frecuentes sobre Protocolo de Prevención del Acoso Sexual

1) ¿Qué es el Protocolo de Prevención del Acoso Sexual en el trabajo?

El Protocolo de Prevención del Acoso Sexual y por Razón de Sexo es un documento obligatorio que regula cómo debe actuar la empresa para prevenir, detectar y sancionar conductas de acoso en el ámbito laboral. Incluye medidas preventivas, canales de denuncia seguros y un procedimiento de actuación garantista.

2) ¿Qué empresas están obligadas a tener un protocolo contra el acoso sexual?

Todas las empresas con personas trabajadoras en España, independientemente de su tamaño o sector, están obligadas a implantar un protocolo, según la Ley Orgánica 3/2007 y el RD 901/2020. Incluso aquellas con menos de 50 personas en plantilla deben contar con medidas específicas de prevención y actuación frente al acoso.

3) ¿Qué debe incluir un Protocolo de Prevención del Acoso Sexual?

El protocolo debe contener como mínimo:

  • Declaración de tolerancia cero al acoso.
  • Definición clara de qué es acoso sexual y acoso por razón de sexo.
  • Medidas preventivas: formación, campañas y sensibilización.
  • Canal confidencial de denuncias accesible para toda la plantilla.
  • Procedimiento de actuación con plazos y garantías.
  • Sanciones y medidas disciplinarias adaptadas a la gravedad de los hechos.

4) ¿Cómo se implanta y difunde el protocolo en la empresa?

Para ser válido, el protocolo debe implantarse de manera efectiva, lo que implica: comunicarlo a toda la plantilla, formar al Comité Antiacoso, realizar acciones de sensibilización y garantizar un acceso fácil al canal de denuncias. No basta con un documento interno: la Inspección de Trabajo puede requerir evidencias de su aplicación real.

5) ¿Qué sanciones existen si una empresa no aplica el protocolo de acoso sexual?

El incumplimiento de esta obligación puede considerarse infracción muy grave (art. 8 de la LISOS), con multas entre 7.501 € y 225.018 €, además de la pérdida de ayudas públicas y bonificaciones. En casos graves, puede derivar en responsabilidad penal y dañar seriamente la reputación corporativa de la empresa.

6) ¿Cuál es la diferencia entre el Protocolo de Acoso Sexual y el Plan de Igualdad?

El Protocolo de Prevención del Acoso Sexual es obligatorio en todas las empresas, con independencia de si deben tener o no un Plan de Igualdad. El Plan de Igualdad, en cambio, es exigible a empresas de 50 o más personas trabajadoras. Ambos instrumentos son complementarios: el protocolo se integra dentro del Plan de Igualdad cuando éste es obligatorio.

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